Vicente Bello
Reformas para combatir los daños al medio ambiente
Cuando Salinas detentaba el poder (1988-1994), el tema del cuidado del medio ambiente detonó en México a raíz de que Europa utilizó el tema para someter a países de África, Asia y, por supuesto, Latinoamérica. Utilizó la defensa del medio ambiente para sus fines, por supuesto. El país que no se plegaba a sus exigencias, lo castigaba con acusaciones que derivaban, casi siempre, en presiones de índole económica y financiera. Los poderes fácticos como el FMI y el Banco Mundial se ponían reacios a prestar, o prestaban elevando tasas en perjuicio del país irredento. Tramposamente, en paralelo, impulsaron aquellos poderes fácticos internacionales, junto con gobiernos lame suelas como el de Salinas, un concepto político-económico que debían regir a todo el tercermundismo. El concepto de Seguridad Alimentaria, que garantizaba por antonomasia a toda la gente de un país, por pobre e improductivo que fuese, a tener alimento diario. Era y es un concepto que navega a contracorriente de otro concepto que ellos siempre soslayaron: el de Soberanía Alimentaria.
La seguridad alimentaria, impulsada por europeos, gringos y gobiernos mexicanos afines a aquellos, consistía en abrir las fronteras para que entrasen raudales de alimentos producidos en Europa y, fundamentalmente, en Estados Unidos. Todo esto, en detrimento del aparato productivo nacional. Europeos y gringos, a ultranza, a huevo, lo único que querían es desplazar sus producciones, no importando que el campo mexicano se fuera a pique, como se fue y continúa. Y precisamente, una de las herramientas con que europeos y gringos estuvieron cucando a México todos estos años, fue el tema del medio ambiente, que en los tiempos del neoliberalismo (Salinas-Peña) se ciñó al concepto de la seguridad alimentaria y nunca a la soberanía alimentaria.
La semana pasada, en San Lázaro, el Pleno aprobó una reforma en materia de delitos contra el ambiente y la gestión ambiental. Una reforma al Código Penal Federal, que responde, ahora, ya no a la seguridad alimentaria, sino a la soberanía alimentaria.
El diputado de Morena Julio César Moreno Rivera, presidente de la Comisión de Justicia, así la fundamentó en la tribuna, previo a su votación y aprobación:
“Hoy estamos tomando una decisión para proteger de manera real y efectiva nuestro patrimonio natural, nuestros ecosistemas y consecuencia del futuro de nuestro México.
“El dictamen que ponemos a su consideración parte de un principio claro, quien daña al medio ambiente debe de enfrentar consecuencias reales, proporcionales y efectivas.
“En ese sentido, se fortalece el marco penal para sancionar conductas que lastiman gravemente a nuestro país como la tala ilegal, el tráfico de especies y el uso indebido de sustancias peligrosas, que no solo afectan a la naturaleza, sino también a comunidades enteras.
“Pensemos en un caso concreto, una empresa descarga residuos tóxicos en un río, no solo contamina el agua, también afecta la salud de las personas, destruye actividades productivas y compromete el futuro de generaciones.
“Con esta reforma esta conducta se sancionará con mayor severidad, incluyendo penas de prisión y sanciones económicas que realmente inhiban estás prácticas. Lo mismo ocurre con la tala ilegal en áreas naturales protegidas, no es lo mismo cortar un árbol, que devastar un ecosistema completo con fines de lucro.
“Por ello, cuando esas conductas se realizan con violencia o en zonas protegidas, las penas aumentan de manera significativa. Ese dictamen no solo endurece sanciones, también corrige aspectos fundamentales para garantizar una justicia efectiva.
“Si bien la reforma constitucional de 2016 estableció que el salario mínimo no debe utilizarse como referencia para fines ajenos a su naturaleza, el Código Penal Federal en su artículo 29, permite establecer sanciones en días multa vinculadas con la capacidad económica del infractor. Esto es fundamental, compañeras y compañeros, porque la sanción no debe ser igual para todos, sino proporcional a los ingresos de quienes cometen el delito en materia ambiental.
“Muchos de estos ilícitos generan beneficios económicos significativos, por ello, establecer multas fijas pueden convertirlas en un costo más de operación para grandes empresas. En cambio, el sistema de días multa permite al juzgador la sanción, logrando un impacto real y disuasivo. Dicho con claridad, no se trata de multar por multar, sino de que la sanción realmente inhiba esta conducta.
“En delitos de tráfico de especies protegidas como la Totoaba, el Pepino de Mar, no basta una sanción simbólica, se requiere afectar directamente a las ganancias ilícitas para desincentivar estas prácticas.
“Por otro lado, se ha discutido la excepción para personas del medio rural. La colegisladora propuso incorporar expresamente en el artículo 418 del Código Penal Federal, sin embargo, esta comisión considera que ya se encuentra previsto en el artículo 423, el cual establece que no se configura el delito cuando estas actividades se realizan para satisfacer necesidades básicas en comunidades rurales, indígenas o afromexicanas.
“Por ello, no es necesario duplicar disposiciones ni generar posibles contradicciones normativas. Y, quiero ser muy claro, esta reforma no criminaliza la subsistencia, no criminaliza a quien corta leña para cocinar o a quien aprovecha recursos para su vida diaria, está dirigida a quienes destruyen el medio ambiente con fines de lucro y ponen en riesgo nuestro patrimonio natural.
“Compañeras y compañeros diputados, durante años los delitos ambientales han sido subestimados, el resultado es evidente, ecosistemas degradados, especies en riesgo y comunidades afectadas. Hoy tenemos la oportunidad de corregir ese rumbo, con este dictamen fortalecemos el marco penal, cerramos espacios a la impunidad y enviamos un mensaje claro en México, el medio ambiente se protege con todo el rigor de la ley”. Seguían.